En Emigrar España te asesoramos y asistimos a la hora de facilitarte la tramitación de la apertura de una cuenta bancaria en España para no residentes, donde evaluaremos e indicaremos cuales son sus posibilidades dependiendo de su país de residencia y documentos necesarios para lograr dicho cometido.
Dependiendo de la situación particular de cada uno le indicamos para que es imprescindible poseer una cuenta bancaria habilitada en España :
- Aportar acreditación de solvencia necesaria para tramitar los distintos visados disponibles desde su país de origen.
- Acreditación de solvencia económica para tramitación de los certificado de registro de la U.E.
- Acreditación de solvencia económica para la tramitación de permisos de residencia de familiar comunitario.
- Acreditación de cuenta bancaria a la hora de tramitar su alta de autónomo o poder cobrar su salario.
- Realizar de operaciones inmobiliarias.
- Realizar la contratación de planes de telefónica , luz , agua , comunidad, etc.
- Resguardar sus ahorros en una moneda fuerte.
Brindamos un asesoramiento evaluativo donde le indicaremos que documentación será la necesaria para calificar a la misma además de poder responder sus dudas en cuanto a costes de mantenimiento transferencias de fondos y cualquier otra pregunta relacionada sobre este tema.
El procedimiento para realizar dicho asesoramiento y asistencia :
1)Debe contratar nuestro servicio de consulta evaluativa ON LINE donde un asesor le brindara a través de una video conferencia inductiva de 45 min el asesoramiento necesario con un coste de 50 € deberá cliquear en el siguiente enlace :
Asistencia apertura cuenta bancaria no residente
2) Una vez realizada la video conferencia le enviaremos los requisitos , formularios a cumplimentar, etc. Y luego de la recepción y evaluación de la documentación proceder a la asistencia de la apertura de la cuenta.
3) Los costos de la asistencia completa para la apertura y operación de su cuenta bancaria varia entre los 200 / 280 euros dependiendo de cada caso particular, donde se podrá descontar los 50 euros de la asesoría inicial siempre y cuando Ud. decida realizar la apertura dentro de los próximos 60 días posteriores de la asesoría inicial.
Importante: Una vez contratada la asesoría inicial en caso de proceder con la asistencia completa el saldo restante lo abonara una vez que Ud. tenga operativa su cuenta lista para su uso.