¿Como reagrupar a mi familia?

¿Cómo puedo reagrupar a mi familia?Siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios para ejercer tu derecho a reagrupar a tu familia.Soy residente y quiero traer a mi familia a España

Para poder traer a tu familia a España usando el procedimiento de reagrupación familiar tienes que llevar residiendo un año en territorio español y haber solicitado u obtenido la autorización de residencia para otro año más, es decir que hayas renovado tu residencia inicial. Tendrás que demostrar que dispones de un alojamiento adecuado y medios de subsistencia suficientes para atender tus gastos y los de tu familia.

¿A quién puedo reagrupar?

Puedes reagrupar a tu Cónyuge si no estas separado, tus hijos y los de tu cónyuge (incluidos los adoptados) menores de 18 años o incapaces y en ambos casos no deberán estar casados. También los ascendientes del que solicita la reagrupación o del cónyuge cuando estén a su cargo, los menores de 18 años y los incapacitados cuando el extranjero sea su representante legal.

¿Dónde tengo que presentar la solicitud para la reagrupación?

Deberás dirigirte a la Oficina de Extranjeros, las Delegaciones o las Subdelegaciones del Gobierno más cercana a tu domicilio.

¿Qué documentación tengo que presentar?

El trámite que debes seguir es presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español por cada uno de los familiares que desees traer a España y cuando sea admitida, tus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de tu país de origen.

Para la presentación de la solicitud de residencia por reagrupación familiar te dirigirás personalmente a la Oficina de Extranjeros.

1. Junto con la solicitud oficial necesitaras presentar los documentos que demuestren tu parentesco, edad y dependencia legal y económica de los distintos familiares que quieres agrupar: Libreta de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento de cada uno de tus hijos.

2. La copia y original de tu pasaporte en vigor.

3. La copia de tu autorización de residencia o de trabajo y residencia ya renovada, de la primera autorización y en caso de la tener la renovación en trámite el resguardo de la presentación de la solicitud de renovación.

4. Tendrás que demostrar que tienes medios económicos suficientes por ejemplo con un empleo que cubra las necesidades y gastos tu familia.

5. Contar con una vivienda adecuada, bastará con presentar el contrato de alquiler o el titulo de propiedad.

6. En el caso que el reagrupado sea tu cónyuge deberás presentar una declaración firmada manifestando que no vives con otro cónyuge.

Importante: Si cumplís con todo los requisitos y se concede la autorización para la reagrupación familiar quedará en suspenso hasta la expedición del visado y la entrada de tus familiares en territorio español. Para solicitar el visado tu familiar necesitará un informe acreditativo de que tú reúnes las condiciones exigidas para solicitar la reagrupación familiar y que eres titular de una autorización de residencia renovada.

¿Cuál será la vigencia de la autorización para mi familiares?

La validez de la autorización de residencia de tus familiares dependerá de tu situación legal en España y será igual a la vigencia de tu autorización de residencia.

¿Dónde y quién tiene que solicitar el visado?

El visado solamente se puede solicitar fuera de España, en la oficina consular o misión diplomática en el país de residencia donde están tus familiares. Una vez te hayan notificado la concesión de la autorización, el familiar que deseas agrupar tendrá dos meses de plazo para solicitar el visado.

Importante: El familiar no podrá ser reagrupado si se encontrase en España en forma irregular y será razón suficiente para denegar la solicitud. Deberá viajar a su país para solicitar el visado.

¿Cómo obtengo el visado para mi familia?

1. Dirigirse al consulado español en su país son la solicitud oficial cumplimentada y firmados. Copia y original de pasaporte del familiar a reagrupar en vigor, con vigencia mínima de cuatro meses.

2. Certificado de antecedentes penales, expedido dentro de los últimos 6 meses por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en Español.

3. Copia de la autorización de residencia del residente en España.

4. Documentación original que acredite los vínculos familiares, la edad y la dependencia legal o económica.

5. Certificado médico para acreditar que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento sanitario internacional.

¿Cuánto tiempo tardará la concesión del visado?

El consulado tendrá un plazo máximo de dos meses para notificar la concesión del visado, el familiar a reagrupar deberá recogerlo personalmente, salvo en el caso de menores, en que podrá ser recogido por su representante o tutor.

El familiar deberá entrar en España durante la vigencia del visado que nunca será mayor a tres meses y tendrá como máximo un mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjeros.

Para renovar el permiso de residencia del familiar reagrupado deberá presentar la solicitud de renovación 60 días antes de su vencimiento. Como en la primera solicitud tendrás que demostrar como residente que cuentas con un empleo o medios económicos suficientes para su subsistencia.

Si tu esposa o cónyuge consigue una autorización de trabajo y acredita por medio de un certificado de convivencia que a convivido contigo 2 años puede solicitar una autorización de residencia independiente de tu residencia. Tus hijos también podrán conseguir una autorización de residencia independiente cuando sean mayores de edad y obtengan una autorización para trabajar.

Fui reagrupado, puedo traer a mi familia?

Si fuiste reagrupado podes ejercer tu derecho de reagrupar a tus propios familiares siempre que tengas una autorización de residencia independiente de la persona que te ha reagrupado y reúnas los requisitos necesarios.